sábado, 19 de noviembre de 2011

Necesidades Educativas Especiales

Según la ley 7600, NEE, se define como una: “Necesidad de una persona derivada de su capacidad o de sus dificultades de aprendizaje”. (pág. 1)

Además, El MEP (2005), en el documento sobre Información Básica Entorno a las Adecuaciones Curriculares y de Acceso, lo define de la siguiente manera:

Es aquel estudiante que presenta condiciones de aprendizaje diferentes o dificultades en el aprendizaje mayores que el promedio de los alumnos, lo que le dificulta o impide acceder al currículo que le corresponde por su edad, de forma que requiere para compensar dichas diferencias, adecuaciones en una o varias áreas del currículo. (p.8).

Por lo tanto, NEE, son las dificultades que presentan las y los estudiantes en el aprendizaje y que requieren de adaptaciones en el currículo, para poder acceder a dicho aprendizaje; educación que es un derecho de todas y todos.

“todas las escuelas deben acoger a todos los niños independientemente de sus condiciones personales, culturales o sociales; niños discapacitados y bien dotados, niños de la calle, de minorías étnicas, lingüísticas o culturales, de zonas desfavorecidas o marginales”, (Declaración de Salamanca, 1994)

viernes, 18 de noviembre de 2011

¿Qué son las adecuaciones curriculares significativas?


Las adecuaciones curriculares según la Información Básica en Torno a las
Adecuaciones Curriculares y de Acceso, MEP (2005), define este término de la siguiente manera:

Las adecuaciones curriculares son apoyos educativos que los docentes de escuelas y colegios les brindan a los estudiantes que los necesitan. Las adecuaciones curriculares responden a las formas individuales de aprender de los estudiantes, por lo tanto no se aplican como “recetas” en el aula, sino que se hacen pensando y respondiendo a las necesidades de cada uno de ellos. (P.12)

            Estos apoyos pueden ser curriculares (No significativas y Significativas) y de acceso. Dando énfasis en este espacio educativo, a las Adecuaciones Curriculares Significativas, las cuales se definen, según MEP (2005), como:     

Modificaciones importantes del plan de estudios del alumno, en las que se eliminan contenidos y objetivos generales, que son considerados como básicos en las diferentes asignaturas, y se seleccionan otros que respondan a las características particulares de cada estudiante, de forma que le sirvan en su vida. Estos objetivos y contenidos funcionales se adecuan a las capacidades y habilidades del alumno y se establecen para un año lectivo. (p.15)

            Dichas modificaciones, se realizan tanto en el currículo como en la metodología y evaluación, esto le corresponde a la o el docente a cargo del estudiante en conjunto con el Comité de Apoyo Educativo (CAE) o servicio de apoyo educativo, de acuerdo a los contenidos que domina el estudiantado con NEE, una vez que hay sido aprobada por la Asesoría Regional de Educación Especial o por la Asesoría Nacional de Educación Especial. Como lo indica la Ley 7600 en el artículo 48:


En caso de que el alumno con necesidades educativas especiales requiera de adecuaciones curriculares significativas, éstas serán propuestas, oportunamente, por el Comité de Apoyo Educativo, con el visto bueno del Asesor Regional de Educación Especial.

Las pruebas para la conclusión de II, III y Ciclo Diversificado, los estudiantes con Adecuación Curricular Significativa deben aplicar una prueba de acuerdo con su Programación Educativa Individual, que es elaborada por cada institución, realizándolas en el mismo período que establece el Ministerio de Educación Pública.